EL MEP Y LA EDUCACIÓN EN LOS TERRITORIOS INDÍGENAS

Uriel Rojas Rojas
En nuestro país, existen 24 territorios indígenas, los cuales tienen particularidades culturales bastantes diferentes.
El Ministerio de Educación Pública (MEP) desde sus orígenes había atendido a estas poblaciones con el mismo enfoque que para el resto de la población nacional, lo que más que ayudarles les estaba generando cierto debilitamiento cultural.
Debido a estas circunstancias, el MEP creó en 1993 el Departamento de Educación Intercultural a través del Decreto 22072-MEP, cuyo objetivo general buscaba (…) “desarrollar progresivamente una educación bilingüe y bicultural de las Reservas Indígenas oficialmente reconocidas (…)”.
Si bien ese Decreto establecía regulaciones sobre el funcionamiento del Subsistema, adolecía de mecanismos de participación, estructura y procedimientos que permitieran su efectiva implementación y por lo tanto, limitaban ejercer adecuadamente el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes indígenas.
A partir del año 2009, el Ministerio inicia un proceso de consultas y modificaciones a ese Decreto. El Decreto No. 36451-MEP establece funciones curriculares, sociolingüísticas y socioculturales del Departamento de Educación Intercultural, en la Dirección de Desarrollo Curricular del Ministerio de Educación Pública.
Una reforma al Decreto Ejecutivo 37801-MEP, de julio del 2013 y en sus Considerandos establece que la “educación indígena sea una educación especializada, centrada en el cumplimiento de los derechos de los pueblos indígenas a preservar sus identidades en términos lingüísticos y sus vínculos naturales con su cosmovisión y expresiones culturales, económicas y sociales”.
Con este segundo Decreto se definieron los siguientes objetivos para el Subsistema de Educación Indígena tales como:
- “… Preservar los idiomas indígenas que aún existen.
- Divulgar los derechos y obligaciones de los Pueblos Indígenas.
- Articular los conocimientos universales, nacionales, regionales y locales en los planes y programas.
- Promover el diálogo intercultural.
- Facilitar los recursos curriculares, pedagógicos y financieros para cumplir del derecho a la educación.
- Velar por la calidad de los servicios educativos en términos de equidad en el acceso, resultados en términos de rendimiento académico, buen trato entre profesores y estudiantes, respeto y cumplimiento de los derechos humanos.
- Promover y facilitar la formación de educadores originarios de las comunidades y pueblos indígenas y su participación en la formulación y ejecución de los programas de estudio.
- Promover la creación de instituciones educativas propias de los Pueblos Indígenas.
- Promover el acceso universal de la población indígena a la Educación en todos los ciclos y niveles en que está organizado el Sistema Educativo Costarricense y a las modalidades educativas disponibles que mejor se adapten a sus necesidades socioculturales.
- Responder a las necesidades socioeconómicas y culturales de los pueblos indígenas, abarcando su historia, conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones de carácter material y espiritual.
- Producir materiales educativos para el Sistema Educativo, orientados a sensibilizar y capacitar a todos los sectores de la comunidad nacional y especialmente los que estén en contacto más directo con los pueblos indígenas, con el fin de eliminar los prejuicios con respecto a estos pueblos.”
- Gestión del recurso humano para centros educativos en Territorios Indígenas:
Como parte del fortalecimiento del Subsistema de Educación Indígena, se creó la Unidad de Educación Indígena de la Dirección de Recursos Humanos del MEP, que se encarga de realizar los nombramientos del personal incluido en el Decreto, tomando en cuenta los criterios y regulaciones de Servicio Civil y conciliándolos con los derechos de las comunidades indígenas.
Se destaca la propuesta de constitución de los Consejos Locales de Educación Indígena (CLEIs) y del Consejo Consultivo Nacional de Educación Indígena, según Decreto 22072-MEP.
Sin embargo, hace falta mucho por mejorar a nivel educativo en los Territorios Indígenas.
Es preciso incorporar al sistema educativo nacional un enfoque no sólo multicultural sino también intercultural, lo que contribuye a reforzar la tolerancia y la intercomunicación entre las culturas basadas en el respeto, la igualdad y el intercambio.
Es urgente que el MEP defina un programa real de enseñanza de lengua a los discentes y educadores indígenas desde una pedagogía indígena y que invierta en la reglamentación de los CLEIs para que, atendiendo el debido proceso basados en el principio de la Consulta Previa Libre e Informada, se defina el mecanismo de certificación de lengua en el Territorio, así como otros vacíos legales que tiene el Decreto #37801, para el efectivo funcionamiento de los CLEIs.