En el Marco del mes de la Mujer ¨La paridad de género en Costa Rica¨

Costa Rica, gracias a su particular práctica de la democracia en todos sus enfoques, ha hecho grandes cambios en la legislación para reconocer el derecho a la libre participación política, social y económica de la mujer. A pesar de que las luchas por el derecho a sufragio femenino en Costa Rica inician en el año 1923, con el movimiento feminista, es hasta el 30 de julio de 1950 que doña Bernarda Vázquez Méndez, ejerce su voto en La Tigra de San Carlos, ejecutando un logro que pondría a las mujeres en el mapa político de este país.
La ley N° 8901 establece un porcentaje mínimo de mujeres que deben integrar las juntas directivas de las asociaciones, sindicatos y asociaciones solidaristas; en la mayoría de estos órganos no existen datos actualizados de la participación de las mujeres en grupos, debido a la movilidad de puestos.
De acuerdo al Censo Cooperativo 2012, en Costa Rica existen 337 644 mujeres cooperativistas, que representan un 42,7 del sector, pero solo un 38,5% ocupan puestos en los órganos directores. Los puestos de gerencia están ocupados un 70% por hombres y el 78% de los presidentes de consejos de administración son hombres. El Comité Nacional de Mujeres Cooperativistas lucha por alcanzar la paridad de género en el sector cooperativo.
Nuevas oportunidades para las mujeres
La lucha de las mujeres continúa. INAMU, en el documento titulado “Estudio de la Paridad de Género en las Juntas Directivas de las Organizaciones Sociales”, explica que las reformas al Código Electoral de Costa Rica, aprobadas en agosto de 2009, por la Asamblea Legislativa (Ley 8765) incorporaron el principio de paridad de género en el artículo 2 del Capítulo único del Título I, en el que se expresa explícitamente que: “La participación política de hombres y mujeres es un derecho humano, reconocido en una sociedad democrática, representativa, participativa e inclusiva, al amparo de los principios de igualdad y no discriminación. La participación se regirá por el principio de paridad que implica que todas las delegaciones, nóminas y los demás órganos pares estarán integrados por un 50% de mujeres y hombres, y en delegaciones, nóminas y órganos impares no podrá ser superior a uno. Todas las nóminas de elección utilizarán el mecanismo de alternancia por sexo (mujer-hombre-hombre-mujer) en forma tal que dos personas del mismo sexo no pueden estar en forma consecutiva en la nómina”.
El 17 de febrero del 2023, la Ministra de la Condición de la Mujer y la Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), celebraron el voto de la Sala Constitucional que indica que la paridad horizontal debe cumplirse para los todos los puestos de elección popular en los Gobiernos Locales, lo cual incluye los cargos de alcaldías, sindicaturas e intendencias.
“Este voto anula la interpretación oficiosa de los artículos 2, 52, 148 del Código Electoral, conforme la Resolución N° 1724-E8-2019 del Tribunal Supremo de Elecciones, lo cual significa que la paridad horizontal debe cumplirse para los puestos plurinominales y para los puestos uninominales, incluyendo los cargos para las alcaldías, sindicaturas e intendencias”, señaló Cindy Quesada Hernández, Ministra de la Condición de la Mujer.
Ese voto es el resultado de distintas iniciativas, entre ellas, la del INAMU e instituciones como la Defensorías de los Habitantes y el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), que solicitaron al Tribunal Supero de Elecciones emitir un criterio que determinara las reglas de la paridad horizontal para las elecciones 2020.
“Felicitamos y agradecemos a las exdiputadas, lideresas políticas, funcionarias e instancias como el Frente de Mujeres de Partidos Políticos que encontró en esta lucha el elemento común que les permitió consolidarse como mecanismo, todas estas partes, junto con la lucha sistemática de la institucionalidad y colectivos diversos, han alzado la voz por la paridad para todos los puestos de elección popular”, comentó la Ministra.
Fuente
http://www.dinadeco.go.cr/doc/cap/GODC-21.pdf
https://www.aciamericas.coop/IMG/pdf/censo_cooperativo_cr2012.pdf
Prensa INAMU. ELECCIONES MUNICIPALES 2024 DEBERÁN CUMPLIR CON PARIDAD HORIZONTAL EN TODOS LOS PUESTOS DE ELECCIÓN POPULAR. Comunicado 8 de marzo 2023.
Miriam Quesada Chavarría