REGIMEN SIMPLIFICADO: FACTURA ELECTRONICA LE CONVIENE

Texto: Álvaro Retana, gerente General GTI
Los establecimientos incorporados al régimen de tributación simplificado no están obligados a emitir facturas, excepto cuando el cliente las pida. Si la solicitan, es porque las van a usar como comprobante de gastos. Si la factura que se entrega es electrónica, se usará directamente, sin nada que agregar.
Si se utilizan facturas de papel, para que los clientes puedan registrarlas contablemente, deben convertirlas en documentos electrónicos mediante una factura de compra.
Este proceso requiere tiempo y recursos. Por ello, las empresas que tienen rutas, las compañías distribuidoras, los visitadores, vendedores y demás, por lo general prefieren les entreguen facturas electrónicas.
Aunque sean parte del régimen simplificado, no existe ningún inconveniente en usar la factura electrónica. Muchos se han decidido por las facturas electrónicas con la finalidad de mantener su clientela y sus ingresos.
Las facturas de un régimen simplificado, no llevan IVA.
GTI cuenta con el Plan Asistido, donde un asistente hará las facturas por usted.