Lo que deben saber los ciudadanos sobre recursos públicos. Palabra clave: Fiscalización


Carlos Mora Vargas Ex alcalde de Buenos Aires
- Toda inversión pública, debe pasar por un proceso de adjudicación de bienes y servicios.
- La ejecución de los proyectos debe ser fiscalizada, por los beneficiados.
- Asociaciones de desarrollo tienen derecho de conocer los carteles de licitación, mediante los cuales se realiza la obra.
Todas las instituciones del Estado, cada año, deben planificar y analizar el presupuesto que les corresponde ejecutar en el año fiscal. La administración realiza el análisis para luego ser presentarlo al concejo el último día hábil del mes de agosto, los legisladores lo analizarán en una sesión extraordinaria y de estar de acuerdo lo ratifican con un acuerdo de ser posible unánime y firme, luego tienen todo el mes de septiembre para presentarlo a la Contraloría General de la República, esta tendrá hasta el mes de diciembre para devolverlo aprobado total o parcialmente.
Existen otras modalidades, que se llaman presupuestos extraordinarios, que se pueden presentar en el transcurso del año, siempre y cuando nos apeguemos a lo que la Contraloría exige, no más de tres.
Las ejecuciones de estos recursos se deben iniciar desde el primer día hábil del mes de enero de cada año. Cada departamento de la institución, tendrá que acudir a la proveeduría para iniciar las gestiones que correspondan, amparados a la ley de contratación administrativa.
Hay diferentes formas de realizar la adquisición de bienes y servicios. Vamos a citar algunos.
- Contratación directa
- Licitación abreviada
- Licitación pública entre otras.
Contratación Directa: Se hace un pliego sencillo de especificaciones técnicas y condiciones generales en el cual se describe el objeto contractual. Se debe invitar a un mínimo de tres oferentes sin embargo la participación no es limitada. Una vez revisadas las ofertas se adjudicará al oferente que presente la mejor oferta y cumpla lo requerido en el cartel.
Contratación Abreviada: Se elabora un cartel con estrictas especificaciones técnicas, legales y financieras entre otras, esto porque normalmente se usan para la adquisición de bienes o servicios con un mayor grado de complejidad, en este caso se invita no menos de cinco oferentes, la participación no es limitada, se diferencia de la contratación directa en lo concerniente a los plazos de ley y en la cuantía.
Licitación Pública Nacional: Es completamente abierta, su principal característica es que en la mayoría de los casos son de cuantía inestimable, se diferencia de la abreviada porque los plazos para ejecución son mayores.
Una vez agotados todos estos procedimientos se procede a la apertura, selección y calificación de las ofertas para luego hacer la elección del adjudicatario. Finalmente se realiza la formalización de un contrato que será firmado por las partes para luego dar la orden de inicio ya sea de compra o ejecución del proyecto, esto contempla, siempre, fecha de inicio y tiempo de entrega, si esto se incumple la administración aplicará lo que dicta la ley al respecto y que serían sanciones por incumplimiento.
Todo proyecto durante la etapa de ejecución debe ser constantemente fiscalizado tanto por la administración en la parte técnica como por los grupos organizados (comités de caminos y otros) para garantizar así una eficiente ejecución y aprovechamiento de los recursos públicos.
En coordinación con la administración los grupos organizados pueden y deben tener acceso a las condiciones cartelarias establecidas para cada licitación.
Deben respetarse todos estos aspectos para fortalecer el desarrollo del cantón mediante el uso de los recursos asignados al crecimiento del mismo.